2.8.10

´PROGRAMA DEL CURSO

El Curso de Notariado y Registro se estructura con los siguientes componentes:
1. Un Componente Asignatural (CA);
2. Un Componente Transversal (CT).

El CA corresponde al contenido temático del curso y se focaliza en la promoción de la competencia cognitiva y se desarrolla especialmente a través de las Horas de Trabajo Presencial (HTP).

El Componente Asignatural se integra por los siguientes Contenidos Temáticos:
1. Parte General
1.1. Aspectos Conceptuales
1.2. Aspectos Históricos
2. Parte Especial 
2.1. El Notariado
2.2. El Registro

El CT corresponde al contenido pragmático del curso y procura promocionar las competencias investigativa, interpretativa y comunicativa y se desarrolla especialmente a través de las Horas de Trabajo Independiente (HTI).

El Componente Transversal se integra con las siguientes actividades:
1. Uso de TICs
1.1. Empleo de medios y recursos TIC
1.2. Aplicaciones prácticas de conocimiento.
1.3. Contacto con actores externos






Hacer un comentario breve sobre la interrelación entre estos conceptos:
1. Fe Pública
2. Seguridad Jurídica
3. Convivencia ciudadana y paz social

3 comentarios:

  1. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
    PROGRAMA DE PREGRADO EN DERECHO

    Asignatura: Notariado y Registro.
    Presentado a: Doctor. ALVARO HERNAN MEJIA MEJIA.
    Presentado por: LUIS ANTONIO GÜIZA MORENO.


    RELACIÓN DE LOS CONCEPTOS: FE PÚBLICA, SEGURIDAD PÚBLICA Y CONVIVENCIA CIUDADANA.

    La Fe pública, es la manifestación de confianza en una actividad del estado, que genera seguridad jurídica. Esta última se concibe como: “La «certeza del derecho», que tiene el individuo, de modo que su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares, y conductos legales establecidos previamente y debidamente publicados” ; creando de esta forma una seguridad en el manejo de lo público, lo cual tiene como fin alcanzar una Convivencia ciudadana y el ideal de la justicia que no es otra cosa diferente que lograr la tan añorada paz. –Ver figura-.

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  2. Se torna necesario en toda organización social asentir -mediante la fe pública- esa seguridad en que el Estado, directamente o por conducto de personas a las que delega esa función, puede garantizar la verdad de signos, instrumentos o actos que se utilizan cotidianamente entre los individuos, en actividades que generan consecuencias jurídicas, pues de lo contrario no existiría certidumbre alguna para esas relaciones interpersonales, generándose caos y desconfianza colectiva que repercutiría contra la convivencia pacífica y la defensa de múltiples intereses individuales.

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